Este jueves, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los doctores Mariano H. Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos, llevó a cabo la audiencia de informes prevista en el artículo 468 del C.P.P.N. en la causa Nº 13.968 de su registro, caratulada “RICCHIUTI, Luis José y HERMANN, Elida Renee s/ recurso de casación”, por la apropiación de una menor en el marco de la última dictadura.
En la audiencia estuvieron Juliana Inés García, representada por el doctor Alan Iud, quien también asiste a la Asociación Abuelas de Playa de Mayo, y la Defensa Pública Oficial, en representación de los imputados Elida Renee Hermann y Luis José Ricchiuti –también presente–.
Todos los presentes hicieron uso de la palabra y alegaron sobre los recursos de casación presentados contra la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº5 de San Martín, que condenó a los nombrados a las penas de 13 años y seis meses, y ocho años de prisión respectivamente.
Luis José Ricchiuti y Elida Renee Hermann fueron acusados de apropiarse de una menor recién nacida, inscripta como Bárbara María de Guadalupe Ricchiuti –hija biológica de Beatriz Recchia y de Antonio García, ambos víctimas de la represión ilegal de la última dictadura–, de alterar su estado civil y de hacer insertar información falsa en su partida de nacimiento. A su vez, Luis José Ricchiuti fue juzgado por haber tramitado el D.N.I. de la menor fraudulentamente.
Esta es la primera ocasión en que los doctores Mariano H. Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos –integrantes de la Sala IV de la C.F.C.P.— deberán expedirse en una sentencia definitiva acerca de la legitimidad de los procedimientos de obtención de muestras de ADN y analizar si hechos como los juzgados pueden constituir crímenes contra la humanidad.
La Sala IV de la C.F.C.P. ha dictado, en el año 2012, once sentencias definitivas en causas en las que se investigan crímenes contra la humanidad:
- “Reinhold” registro 137/12, en la cual se investigaron hechos constitutivos de delitos de crímenes contra la humanidad cometidos en el centro clandestino de detención conocido como “La Escuelita”.
- “Molina” registro 162/12, en la que se consideró por primera vez en la historia jurídica argentina que delitos contra la integridad sexual -violaciones- constituyen delitos de lesa humanidad.
- “Rezett”, registro 516/12, en la que se analizó un ejemplo de la cruel metodología utilizada por la última dictadura al perpetrar los trágicos sucesos que sucedían en la época.
- “Arrillaga”, registro 743/12, en la que se condenó por crímenes cometidos en el centro clandestino de detención con sede en la Base Naval de Mar del Plata.
- “Olivera Róvere”, registro 939/12, en la que se juzgaron las responsabilidades de las máximas autoridades del que fuera Primer Cuerpo de Ejército, y se condenó a los Jefes de Área de la Subzona Capital Federal –que habían sido absueltos por el Tribunal Oral.
- “Soza”, registro 1191/12, en la que la casación revocó el sobreseimiento y la falta de mérito dictada por la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca respecto de Jorge Alberto Soza, quien a la época de los hechos se habría desempeñado como Segundo Jefe de la Policía Federal de Neuquén.
- “Liendo Roca”, registro 1242/12, en la que el tribunal casatorio, con cita de la jurisprudencia nacional e internacional vigente –que incluyó el célebre antecedente del “Caso de los jueces” que tuvo lugar en el marco de los juicios de Nüremberg– y de la doctrina más autorizada sobre la materia, estableció que constituyen delitos contra la humanidad y, en consecuencia, son imprescriptibles los cometidos por un juez y un fiscal durante la última dictadura en tanto toleraron la comisión de crímenes de lesa humanidad.
- “Greppi”, registro 1404/12, en la que se confirmaron las condenas de Néstor Omar Greppi, Omar Aguilera, Roberto Oscar Fiorucci, Carlos Alberto Reinhart, Néstor Bonifacio Cenizo, Athos Reta, Oscar Yorio y Hugo Roberto Marenchino por crímenes contra la humanidad cometidos en la Provincia de La Pampa, en la Subzona 1.4, dependiente del Primer Cuerpo del Ejército, durante la última dictadura.
- “Cejas”, registro 1946/12, en la que se analizaron numerosos hechos de crímenes contra la humanidad ocurridos durante la última dictadura en centros clandestinos de detención dependientes de la Policía de la Provincia de Córdoba, resultando condenados –entre otros- Rodolfo Campos y Luciano Benjamín Menendez.
- “Migno Pipaon”, registro 2040/12, en la que se juzgaron crímenes contra la humanidad cometidos en la última dictadura en la provincia de Mendoza, entre los que se encuentran el asesinato de Francisco “Paco” Urondo y la desaparición de su mujer.
- “Hospital Posadas”, registro 2266/12, en la que se analizaron sucesos derivados de la intervención militar del Hospital Posadas, comandada por Reynaldo Antonio Benito Bignone, quien por entonces ocupaba el cargo de Ministro de Bienestar Social en el gobierno de facto –y posteriormente fuera el último presidente del régimen militar–; así como por la creación de un grupo de tareas con base en el centro clandestino de detención conocido como “El Chalet”, ubicado dentro del predio del Hospital, integrado –entre otros– por Luis Muiña y dependiente del –por entonces- Brigadier Hipólito Rafael Mariani.
- “Reinhold” registro 137/12, en la cual se investigaron hechos constitutivos de delitos de crímenes contra la humanidad cometidos en el centro clandestino de detención conocido como “La Escuelita”.
- “Molina” registro 162/12, en la que se consideró por primera vez en la historia jurídica argentina que delitos contra la integridad sexual -violaciones- constituyen delitos de lesa humanidad.
- “Rezett”, registro 516/12, en la que se analizó un ejemplo de la cruel metodología utilizada por la última dictadura al perpetrar los trágicos sucesos que sucedían en la época.
- “Arrillaga”, registro 743/12, en la que se condenó por crímenes cometidos en el centro clandestino de detención con sede en la Base Naval de Mar del Plata.
- “Olivera Róvere”, registro 939/12, en la que se juzgaron las responsabilidades de las máximas autoridades del que fuera Primer Cuerpo de Ejército, y se condenó a los Jefes de Área de la Subzona Capital Federal –que habían sido absueltos por el Tribunal Oral.
- “Soza”, registro 1191/12, en la que la casación revocó el sobreseimiento y la falta de mérito dictada por la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca respecto de Jorge Alberto Soza, quien a la época de los hechos se habría desempeñado como Segundo Jefe de la Policía Federal de Neuquén.
- “Liendo Roca”, registro 1242/12, en la que el tribunal casatorio, con cita de la jurisprudencia nacional e internacional vigente –que incluyó el célebre antecedente del “Caso de los jueces” que tuvo lugar en el marco de los juicios de Nüremberg– y de la doctrina más autorizada sobre la materia, estableció que constituyen delitos contra la humanidad y, en consecuencia, son imprescriptibles los cometidos por un juez y un fiscal durante la última dictadura en tanto toleraron la comisión de crímenes de lesa humanidad.
- “Greppi”, registro 1404/12, en la que se confirmaron las condenas de Néstor Omar Greppi, Omar Aguilera, Roberto Oscar Fiorucci, Carlos Alberto Reinhart, Néstor Bonifacio Cenizo, Athos Reta, Oscar Yorio y Hugo Roberto Marenchino por crímenes contra la humanidad cometidos en la Provincia de La Pampa, en la Subzona 1.4, dependiente del Primer Cuerpo del Ejército, durante la última dictadura.
- “Cejas”, registro 1946/12, en la que se analizaron numerosos hechos de crímenes contra la humanidad ocurridos durante la última dictadura en centros clandestinos de detención dependientes de la Policía de la Provincia de Córdoba, resultando condenados –entre otros- Rodolfo Campos y Luciano Benjamín Menendez.
- “Migno Pipaon”, registro 2040/12, en la que se juzgaron crímenes contra la humanidad cometidos en la última dictadura en la provincia de Mendoza, entre los que se encuentran el asesinato de Francisco “Paco” Urondo y la desaparición de su mujer.
- “Hospital Posadas”, registro 2266/12, en la que se analizaron sucesos derivados de la intervención militar del Hospital Posadas, comandada por Reynaldo Antonio Benito Bignone, quien por entonces ocupaba el cargo de Ministro de Bienestar Social en el gobierno de facto –y posteriormente fuera el último presidente del régimen militar–; así como por la creación de un grupo de tareas con base en el centro clandestino de detención conocido como “El Chalet”, ubicado dentro del predio del Hospital, integrado –entre otros– por Luis Muiña y dependiente del –por entonces- Brigadier Hipólito Rafael Mariani.
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